La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otros tratados internacionales suscritos por México, reconocen que todo integrante de la familia tiene derecho a:
Tanto las mujeres como los hombres tienen derecho a igual consideración, respeto y autoridad en la familia, a vivir sin violencia y a participar en la toma de decisiones relacionadas con el grupo familiar.
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que sus progenitoras(es), tutoras(es) o quienes estén a cargo de ellos, les proporcionen alimentación, vivienda, vestido, cuidado, protección, afecto y tiempo; a que los eduquen en forma respetuosa, sin insultarlos(as), amenazarlos(as), humillarlos(as), golpearlos(as) o producirles cualquier tipo de lesiones; a que los(as) inscriban en la primaria y en la secundaria, los(as) apoyen en sus estudios y les concedan tiempo para jugar y convivir con otras(os) niñas, niños y adolescentes.
Las personas adultas mayores y las personas con discapacidad deben recibir de sus familiares los cuidados que exija su condición física o mental. Tienen derecho a que se les proporcionen los medicamentos que requieran y una atención médica especializada; a que se les acompañe y a que en su domicilio se establezcan las condiciones necesarias para que tengan la máxima movilidad posible, sin obstáculos u objetos que puedan constituir algún peligro para ellos.
Las mujeres tienen derecho a ser tratadas con el cuidado especial que requieran antes, durante y después del embarazo, incluyendo la etapa de lactancia materna.
Una familia en la que se respetan los derechos de todos los integrantes, contribuye a un desarrollo personal pleno.
¿CÓMO BUSCAR UNA VIDA FAMILIAR LIBRE DE VIOLENCIA?
Cuando alguna persona vive relaciones de violencia en su familia debe solicitar apoyo.
Ser violentada(o) por algún familiar no debe ser motivo de vergüenza, se trata de un problema que desgraciadamente afecta a un gran número de personas en México y que no distingue entre condición social, nivel educativo o género. Es importante saber que romper el silencio y buscar apoyo no denota falta de cariño o deslealtad al agresor(a) o la familia, sino que es la forma de proteger la integridad y dignidad personal. Quienes padecen agresiones o maltrato deben hacerlo del conocimiento de las autoridades correspondientes.
La violencia produce infelicidad, no sólo a quienes la padecen, sino también a los(as) agresores(as). Es importante que sepan que si solicitan ayuda especializada, pueden dejar de ser violentos(as) y, con ello, mejorar la calidad de vida de su familia.
La sociedad está obligada a colaborar en la creación de condiciones que permitan lograr el mayor bienestar. Todo abandono, abuso o maltrato a niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas adultas mayores o personas con discapacidad debe ser denunciado ante las autoridades competentes.
AUTORIDADES ESPECIALIZADAS EN ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR:
Sistema Nacional y Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia
Proporcionan orientación, atención psicológica e incluso, cuando es necesario, asistencia jurídica.
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes expedida en 2014, ordena a los sistemas nacionales y estatales DIF la creación de Procuradurías de Protección, cuyo objetivo será la defensa integral de NNA conforme al marco jurídico nacional. Una vez que inicien funciones, las Procuradurías tendrán atribuciones para atender a niñas, niños y adolescentes que sufran alguna vulneración a sus derechos, como los casos de denuncias por violencia familiar cometida en su contra.
Agencias del Ministerio Público.
Laboran las 24 horas del día e intervienen en los casos en los que se comete un delito. En sus investigaciones, el Ministerio Público debe reunir todas las pruebas posibles que le sean útiles para demostrar la comisión del delito y quién lo cometió o participó; valorar la integridad física de la persona agredida y dar fe, en su caso, de la existencia o ausencia de lesiones. En los casos de violencia física, es recomendable que si se ha decidido acudir a presentar una denuncia, la persona violentada evite bañarse o cambiarse de ropa.
También es conveniente que se reúnan testigos de los hechos, pueden ser vecinos o familiares que hubieran presenciado la agresión.
Corporaciones de policía.
Ante una conducta violenta, la persona afectada puede solicitar el auxilio de los elementos de seguridad pública, quienes tienen la obligación de intervenir para detener la agresión.
Niñas, niños y adolescentes deben pedir ayuda cuando se sientan abandonados(as), lastimados(as) o en peligro pueden acudir a un adulto que les inspire confianza: una maestra(o), una vecina(o), un familiar o alguna institución que les proporcione asistencia.
Las autoridades administrativas competentes tienen la obligación de atender al llamado de cualquier persona que sufra violencia familiar y su actuación debe ser oportuna, adecuada, respetuosa y efectiva, ya que cuando no cumplen con su función, las y los usuarios pueden presentar una queja en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) o en las Comisiones de Derechos Humanos de las entidades federativas, según corresponda.
En la Coordinación del Programa sobre Asuntos de la Niñez y la Familia de la CNDH, podrán proporcionarte orientación ante un caso de violencia, llama al teléfono 56 31 00 40, extensiones 2105, 2119, 2135, 2313, 2314, 2327, 2333 y 2375.